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GDE - Subvenciones proyectos reindustrialización Catalunya

Con el fin de contribuir a mitigar la intensificación de los efectos negativos que la COVID-19 ha generado sobre la industria catalana, a través de mecanismos de estímulo, se pretende poner en marcha proyectos de reindustrialización y relocalización de la actividad industrial, los cuales contribuyan a la empleabilidad de trabajadores afectados por la pandemia o a reforzar alianzas empresariales que permitan compañías más sólidas ante el escenario de pandemia

Son ayudas de importes limitados que, no puede superar 2.300.000,00 por empresa, específicamente, 290.000,00 empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas; 345.000,00 para empresas que operan en el sector de la pesca y la acuicultura. Se pueden conceder en forma de: subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales o de pago, garantías sobre préstamos, bonificación de tipos de interés de préstamos y capital.

Serán subvencionables la siguiente tipología de proyectos

– Proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización. Que incorporen al menos el 50% de los puestos de trabajo susceptibles de la reindustrialización o un mínimo de 50 puestos de trabajo.

– Proyectos de empresas industriales o de servicios a la producción que incorporen a centros productivos (nuevos o ya existentes). Un mínimo de 25 puestos de trabajo afectados por situaciones de cierre, reducción de actividad o deslocalización.

– Proyectos de relocalización de actividad industrial en Cataluña mediante inversiones industriales en activos fijos con un importe mínimo de 1.000.000,00 de euros en nuevos centros productivos y/o que incorporen un incremento neto mínimo de 20 puestos de trabajo. Se trata de proyectos que permitan la creación de alianzas con proveedores locales ya existentes en Cataluña que puedan pasar a fabricar los productos que hasta ahora se hacían en terceros países y que también requieran inversiones y nuevos puestos de trabajo para adaptarse a esta nueva necesidad.

– Proyectos para la realización de inversiones industriales en activos fijos con un importe mínimo de 3.000.000,00 de euros en Cataluña y/o que comporten un incremento neto mínimo de 50 puestos de trabajo.

– Subvenciones a proyectos de adquisición de empresas industriales o de servicios a la producción en situación de dificultad (estén en situación concursal y/o hayan comunicado esta circunstancia) que incorporen y mantengan al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados o un mínimo de 10 puestos de trabajo.

¿Qué empresas pueden beneficiarse y cuál ha de ser el gasto mínimo? 

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que desarrollen alguno de los proyectos industriales o de servicios a la producción (empresas industriales, industrias químicas, de servicios a la producción) incluidas en la lista de CCAE (Clasificación catalana de actividades económicas).

Las empresas beneficiarias sólo podrán acogerse a una única solicitud de entre la tipología de proyectos descritos en el apartado anterior. Del mismo modo, no podrán ser beneficiarias aquellas empresas que hayan sido beneficiarias por un mismo proyecto y en el periodo anterior. A excepción de, aquellas empresas que tengan una inversión prevista adicional o superior a 30.000.000,00 euros a materializar en el período de elegibilidad de las presentes bases o sea un proyecto de transformación del sector de la automoción o la movilidad.

De igual modo, para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda, el gasto mínimo de la actividad objeto de la ayuda, será del 50% del gasto considerado subvencionable, es decir, inversiones en activos fijos y coste salarial bruto del personal contratado para el proyecto.

– Gastos de personal máximo 10.000,00€ x puesto de trabajo → >40.000,00€ coste bruto empresa

– Gasto de personal máximo 7.500,00€ x puesto de trabajo → <40.000,00€ coste bruto empresa

Elementos para tener en cuenta si quieres aplicar a estas ayudas

  1. El plazo límite para la solicitud de la ayuda es hasta el 30 de junio de 2022.
  1. Tener sede social, operativa o ser de nueva implantación en Cataluña.
  1. Estas ayudas son acumulables siempre que los costes subvencionables sean diferentes y entren dentro del Reglamento minimis establecido.
  1. No haber superado la cuantía máxima de 2.300.000,00 euros de importes limitados de ayuda
  1. Se podrán realizar pagos parciales de la ayuda, sin anticipo, siempre que este pago corresponda a una parte del proyecto que constituya un hito previamente establecido en el proyecto y que, por sí mismo, cumpla con el objeto subvencionado.

GDE - Ayudas reindustrialización Catalunya