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Son ayudas destinadas a usuarios intensivos de energía y un soporte de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, cogeneración de alta eficiencia y compensación del coste extra en los territorios peninsulares, incluidos en los cargos soportados por estos consumidores en el año 2021.

La subvención es a fondo perdido, con una intensidad máxima de la ayuda de un 85% del gasto correspondiente al apoyo. Es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que tengan como objeto la compensación de costes relacionados con las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad, procedentes de cualesquiera otras Administraciones Públicas o de la Unión Europea.

La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 73.603.229,28 €. Si la suma de la ayuda máxima de todos los beneficiarios excediera del presupuesto aprobado, este se prorratearía entre todos los beneficiarios de estas.

¿Cuáles son los requisitos principales para acceder a esta ayuda?

– Tener un consumo de energía predecible.

– Tener el certificado de la condición de consumidor electrointensivo (el proceso de certificación y auditoría lo gestionamos desde GDE).

  • Haber consumido durante al menos dos de los tres años anteriores un volumen anual de energía eléctrica superior a 1 GWh,y, a la vez, para esos mismos periodos, haber consumido en las horas correspondientes al periodo tarifario valle (P6) al menos el 50% de la energía. El consumo anual incorporará todo el consumo eléctrico, incluido el autoconsumo.
  • Tener un cociente durante al menos dos de los tres años anteriores entre el consumo anual y el valor añadido bruto de la instalación correspondiente al punto de suministro para el cual tenga la categoría de consumidor electrointensivo superior a 0,8 KWh/€ (anteriormente era 1,5). Este valor se revisará anualmente.
  • Cuentas cerradas y auditadas de los últimos 3 años, ya que se pedirá el VAB (valor agregado bruto).

– Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año anterior al de la convocatoria (2021)

– Mantener e informar de la actividad productiva durante los 3 años siguientes

– Informar de las actividades de I+D+i relacionadas con la eficiencia energética

– CNAE 2009

¿Cuál es la fecha límite de presentación a esta ayuda?

Hasta el 17 de junio de 2022 se puede solicitar esta ayuda.

Para cualquier duda respecto a la gestión del trámite, la exigencia de garantías, y/o a las líneas específicas en las que puede presentarse la empresa interesada, el departamento de gestión de ayudas de GDE (https://gde7.com/contacto/) cuenta con un equipo a disposición para el asesoramiento, en tanto proyectos susceptibles a ser financiados, así como servicios externos de soporte técnico.