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L’Agéncia per la Competitivdad de l’Empresa y el Departament d’Empresa i Treball de la Generalitat de Catalunya, aprueban las bases reguladoras de subvenciones a proyectos R+D. A través de las cuales, se impulsa la subvención de proyectos de investigación y desarrollo liderados por una empresa catalana (constituida como: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral y sociedad cooperativa) y que tengan por objeto el progreso de la tecnología actualmente disponible.

Los proyectos de estas ayudas tendrán un efecto incentivador, su concesión será en régimen de concurrencia competitiva y van dirigidas a proyectos en los que lidere la empresa catalana

  • Proyectos individuales de la empresa catalana.
  • Proyectos de cooperación entre empresas y desarrolladores de tecnología con acreditación TECNIO.
  • Proyectos de cooperación entre la empresa catalana y socios internacionales de países como: Alemania, Dinamarca, Países bajos, Reino Unido, Italia, Bélgica, Israel, Brasil, India, Singapur, Japón, Corea del Sur y Australia, entre otros.

¿Qué gastos serán subvencionables?

– Gastos de personal técnico (personal investigador, técnicos y auxiliares)

– Gastos de personal desarrollador TECNIO dedicados al proyecto R+D

– Gastos de colaboración externa y/o subcontrataciones necesarias para el proyecto y las empresas beneficiarias.

– Gastos vinculados directamente al proyecto y las actividades de investigación experimental y desarrollo industrial.

– Gastos indirectos de la empresa beneficiaria, 7% respecto a los costes directos de personal.

Intensidad máxima de las ayudas:

Empresa catalana

– El importe máximo de la ayuda 250.000€

– Colaboraciones externas subvencionables máx. 50% del presupuesto

– Dedicación del personal al proyecto: entre el 10% y 80% de la jornada laboral

– Proyectos en cooperación: la participación de los beneficiarios será hasta el 70% del presupuesto global del proyecto.

Desarrollador tecnológico TECNIO

– El importe máximo de la ayuda 100.000€

– Dedicación del personal en el proyecto será del 100% de la jornada laboral

– Proyectos en cooperación: la participación de los beneficiarios será hasta el 50% del presupuesto global del proyecto

– Sus actividades serán consideradas de naturaleza no económica, dado que son actividades de investigación R+D

Socio internacional

– Realizará tareas técnicas sin optar a ser beneficiario de la ayuda

– Participación hasta el 70% del presupuesto global del proyecto.

Tipología Pequeña empresa Mediana empresa Gran empresa Desarrolladores TECNIO
Actividades de investigación industrial 70% 60% 50% 100%
Actividades de desarrollo experimental 45% 35% 25% 100%

 

La cuantía de la subvención otorgada junto con las ayudas de minimis percibidos por la empresa o entidad en los últimos 3 ejercicios fiscales, no podrá ser superior a los 200.000€. En el caso de empresas dedicadas al transporte de mercaderías por carretera el máximo será de 100.000€.

A nivel proyecto, para considerar completo el objetivo de la ayuda, el gasto mínimo realizado y justificado será de un 60% del gasto considerado subvencionable.

Criterios de valoración de los proyectos

Criterio Puntuación mínima Puntuación máxima
Valor tecnológico del proyecto 75 puntos 150 puntos
Plan de ejecución y gestión del proyecto 50 puntos 100 puntos
Impacto del proyecto 125 puntos 250 puntos

Pago y anticipos

Para desarrollador de tecnología TECNIO: se efectuará un anticipo del 80% del importe otorgado a partir de la concesión, sin la acreditación de garantías. El 20% restante se debe tramitar una vez la actividad subvencionada se justifique debidamente.

Para empresa catalana: se efectuará un anticipo del 20% de la ayuda, sin la acreditación de garantías. Se podrán hacer anticipos hasta del 80% de la ayuda otorgada, presentando un aval el cual se liberará con la certificación previa conforme se han realizados los gastos objeto de la ayuda.

Solicitud de la ayuda

El plazo de solicitud de estas ayudas es hasta el 27 de julio de 2022.

La finalización de la actividad o proyecto subvencionado será como máximo 3 años después de la fecha de solicitud, no existe posibilidad solicitar ampliación de tiempo.

Para cualquier duda respecto a la gestión del trámite, la exigencia de garantías, y/o a las líneas específicas en las que puede presentarse la empresa interesada, el departamento de gestión de ayudas de GDE cuenta con un equipo a disposición para el asesoramiento, en tanto proyectos susceptibles a ser financiados, así como servicios externos de soporte técnico.