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Ayudas en forma de anticipos reintegrables destinados a impulsar la creación y desarrollo de PYMEs de base tecnológica y/o innovadora relacionadas con la industria. Con estas ayudas se pretende aumentar la competitividad del tejido económico, impulsando la productividad y la creación de empleo de las empresas vascas.

La concesión de estas ayudas se hará en régimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta la base tecnológica y/o innovadora de la empresa, el sector -priorizando en sectores con altos niveles de tecnología (energía, fabricación avanzada, biociencia, biosalud)- y la capacidad de transferir estos conocimientos a nuevos procesos o productos.

INVERSIONES SUBVENCIONABLES

Se consideran inversiones subvencionables la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa y corresponda a alguna de las siguientes categorías:

  • Adquisición de nuevos terrenos y construcciones para tu empresa
  • Equipamientos con maquinaría, utillaje o instalaciones técnicas
  • Adquisición de equipos y programas informáticos
  • Gastos de propiedad industrial y patentes

Sólo serán subvencionables las inversiones que se realicen a partir del momento en que se presente la solicitud de esta convocatoria.

BENEFICIARIOS

Pequeñas y medianas empresas (PYMEs):

  • Empresas industriales, extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial.
  • También empresas cuya actividad principal sea la convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology/Operational Technology) en empresas industriales (registradas en el catálogo de ciberseguridad del Centro Vasco de Seguridad-BCSC), que se consideran de base tecnológica y/o innovadora.

CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA

  • La inversión debe conllevar el mantenimiento y/o generación de empleo, en un periodo máximo de 24 meses desde el inicio de las inversiones.
  • Los anticipos reintegrables que conceder podrán ascender hasta el 35% de la inversión subvencionable.
  • Los activos adquiridos deberán tener una amortización mínima de 3 años y mantenerse activos en la empresa durante ese periodo.

CUANTÍA DE LA AYUDA

– 120K€ Inversión mínima por parte de las empresas beneficiarias
– 200K€ máximo de anticipo por empleo generado
– 150K€ máximo de anticipo por mantenimiento de empleo

INTENSIDAD DE LA AYUDA

La intensidad de la ayuda varia en función del tamaño de la empresa y de su catalogación como empresa de base tecnológica y/o innovadora.

Tamaño empresa Tecnológica Innovadora
Pequeña 35% 30%
Mediana 30% 25%

PLAZO DE SOLICITUD
Fecha límite de presentación de ayudas 17/04/2023

PLAZO DE REALIZACIÓN DE INVERSIONES
Las inversiones subvencionables se podrán ejecutar en un plazo máximo de 24 meses.